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domingo, 25 de octubre de 2009

Directores y gerentes de empresas responderán por deudas dolosas

Sunat amplía responsabilidad solidaria

Los representantes legales de empresas, sean directores o gerentes, responden por las deudas tributarias de sus representadas si se se acredita que la acción del no pago fue realizada con dolo o negligencia grave de estos directivos.

Así lo ratifica un informe de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), al analizar la decisión de la Sunat de utilizar todas las herramientas legales para que los directivos de las empresas “fantasmas”, creadas para cometer estos fraudes, paguen con sus activos parte de la deuda de las empresas que representaban.



Según dicho gremio, originalmente el artículo 16 del Código Tributario establecía que los directivos y gerentes de las empresas debían responder, con sus propios bienes, por la deuda impaga, si la Sunat demostraba que habían actuado con dolo, negligencia grave o abuso de facultades.

Condenan a abogado por doble facturación

Sunat sorprende a empresa cusqueña al revisar comprobantes depositados para sorteos

Tras la verificación de los comprobantes de pago depositados en los sorteos, se detectó que un contribuyente del Cusco a fin de declarar menos ingresos a los que realmente obtenía, estaba realizando doble facturación.

Por ello, se procedió a denunciar ante el Ministerio Público a la empresa responsable y a su representante legal por presunto delito de defraudación tributaria en la modalidad de ocultamiento de ingresos.

Ahora, la Sala Penal de la Corte del Cusco sentenció a la asesora legal a dos años de prisión suspendida en un año, por ser responsable del delito de defraudación tributaria. Además, le fijó el pago de una reparación civil y la inhabilitación para ejercer la profesión u oficio por más de dos años.



Fuentes: El Peruano